EL PAÍS
Sofía Maraña García, abogada de derecho penal y de familia, recuerda que “la exhibición pública del castigo a su hijo no solo vulnera el honor del menor, sino que podría estar incurriendo la progenitora en un delito de maltrato psicológico del artículo 153 del Código Penal”.
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Para la letrada, experta, además, en abusos a la infancia, “se trata de un castigo humillante y algo desproporcionado para un niño que, además, tiene síndrome de Down”. “Por tanto, es un menor especialmente vulnerable que precisa de una mayor protección y de una mayor capacidad de empatía. El menor ofrecía sus disculpas a su madre mientras el niño lloraba”, explica.
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