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Delitos de violencia doméstica y de violencia de género.
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Delitos contra la libertad sexual: agresiones y abusos sexuales, child grooming, sexting...
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Delitos contra el derecho y deberes familiares: abandono de familia, impago de pensiones…
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Delitos contra la intimidad e inviolabilidad de domicilio: revelación de secretos, allanamiento de morada.
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Delitos contra la libertad: acoso, detención ilegal, secuestro, amenazas, coacciones, matrimonio forzado, tortura y delitos contra la integridad moral…
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Delitos económicos frente a personas físicas y jurídicas: alzamiento de bienes, apropiación indebida, administración desleal, malversación de caudales públicos, estafa, blanqueo de capitales…
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Delitos contra el honor: calumnias e injurias.
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Delitos contra la salud pública.
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Delitos contra las personas: homicidios, asesinatos, lesiones…
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Delitos contra el patrimonio: robo, hurto, daños, usurpación…
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Delitos de tráfico y contra el orden público: alcoholemias, exceso de velocidad, desobediencia, atentado y resistencia a la autoridad, agentes o funcionarios públicos…
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Delitos contra la Administración de Justicia: acusación y denuncia falsa, prevaricación, quebrantamiento de medidas y de condena…
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Delitos contra la propiedad intelectual e industrial.
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Delitos leves.
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Cualquier otro delito en todos los procedimientos penales que existen ante cualquier instancia y tribunal (Tribunal del Jurado, Procedimiento Abreviado, Juicios Rápidos…)
El derecho penal es un área apasionante donde los abogados asumimos una gran responsabilidad. Las consecuencias penales, en especial, las relativas a las penas de prisión, obligan a extremar la prudencia.
Resulta indescriptible el nivel de satisfacción personal de un abogado profesional cuando se gana un juicio de estas categorías.
Si en el marco del derecho penal las Sentencias deben ajustarse a Derecho y sólo cabe condenar con una mínima actividad probatoria de cargo para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia de cualquier imputado, la correcta ejecución de la resolución judicial penal compete al derecho penitenciario.
El derecho penal español es muy garantista y se rige por los principios de mínima intervención y de proporcionalidad. Para dictar una Sentencia condenatoria es preciso demostrar la culpabilidad del justiciable más allá de la duda razonable. Como complemento de la presunción de inocencia, el principio in dubio pro reo impide que el tribunal, al valorar las pruebas, resuelva las dudas eligiendo el supuesto más perjudicial para el acusado.
En los procesos penales la Acusación debe acreditar los hechos denunciados con el fin de obtener una condena penal y así restaurar los derechos de la parte perjudicada. Por tanto, este despacho no cesa en la aportación de pruebas y en la investigación de los delitos, especialmente cuando actuamos como Acusación Particular defendiendo a las víctimas de un delito.