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  • Foto del escritorMaraña Abogados

La pensión compensatoria está pensada para mujeres que dejaron de trabajar para cuidar de su familia

Actualizado: 21 nov 2022

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En los despachos de abogados, es bastante habitual encontrarnos ante divorcios, donde se plantean los siguientes supuestos: Matrimonio en régimen de separación de bienes donde la esposa renuncia a su carrera profesional para dedicarse al cuidado de sus hijos, hoy de 18 y 15 años, si bien ha encontrado un trabajo de baja cualificación recientemente, mientras que el marido, propietario de la vivienda familiar, ha mejorado profesionalmente durante su matrimonio y percibe una importante remuneración. Sofía Maraña es abogada de familia y penal.


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¿A quién se le debe otorgar el uso de la vivienda conyugal privativa del marido? Es decir, que es propiedad sólo del marido.

Al existir aún un hijo menor de edad, la atribución del uso o disfrute de la vivienda familiar va a depender del tipo de guarda y custodia que se establezca.

Si se le otorga la custodia en exclusiva a la madre, el juez asignará el uso de la vivienda familiar a los hijos y a la progenitora custodia. Será de aplicación el art. 96.1 del Código Civil que dispone que el uso de la vivienda familiar corresponde a los hijos comunes menores y al cónyuge en cuya compañía queden hasta que alcancen la mayoría de edad.


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